DECRETO 26/97 DE 8 DE MAYO

El aumento de la población susceptible de ser usuaria de los Centros Sociales de Personas Mayores ha motivado que la Administración del Principado de Asturias haya procedido a la elaboración de normas específicas dirigidas a estos ciudadanos entre las que han de destacarse la Ley de Servicios Sociales, dictada en ejercicio de la competencia exclusiva que, en materia de asistencia y bienestar social, ostenta la Comunidad Autónoma de acuerdo con lo dispuesto en el art. 10 1 p) de su Estatuto de Autonomía, así como la Ley 7/91, de 5 de abril de asistencia y protección al anciano. En virtud de la Ley de Servicios Sociales que califica como servicios sociales especializados el área de la tercera edad y establece que el Principado de Asturias promoverá y apoyará el desarrollo de estos servicios sociales especializados, se desarrolla el Decreto 26/97 de 8 de mayo que regula el Reglamento de régimen interno de los Centros Sociales de Personas Mayores

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